IMPORTANTE Y URGENTE: SÓLO HASTA EL 15 DE JUNIO SE PUEDE ALEGAR CONTRA CLAÚSULAS ABUSIVAS PARA SUSPENDER DESHAUCIOS HIPOTECARIOS
Desde nuestro blog Alerta Trama Estafadores
queremos informarte de que, si se está siguiendo contra ti una
ejecución hipotecaria, el próximo 15 de junio finaliza el plazo legal
para alegar el carácter abusivo de alguna de las cláusulas del préstamo y
obtener así la suspensión provisional del procedimiento, mientras se
resuelve esa cuestión, tal y como nos ha informado el abogado D. Carlos Javier Galán, del despacho Alberche Área Jurídica.
La nueva Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios
introdujo una nueva causa de oposición frente a la ejecución
hipotecaria en el artículo 695.1.4ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil: el
carácter abusivo de cláusulas contractuales que constituyan el
fundamento de la ejecución o que hubiesen determinado la cantidad
exigible.
En
los procesos que se inicien a partir de la entrada en vigor de la ley,
esa circunstancia podrá alegarse siempre por parte del deudor en el
trámite de oposición en plazo de diez días. Pero, excepcionalmente, en
todos los procesos que ya están en curso (siempre que la posesión del
inmueble no se haya puesto ya a disposición del adquirente en subasta),
se ha concedido un plazo improrrogable de un mes desde la entrada en
vigor de la Ley para que pueda alegarse el carácter abusivo de una cláusula.
Si se alega tal circunstancia, instando el correspondiente incidente judicial, esto supondrá la suspensión automática del proceso judicial hasta que se resuelva el referido incidente.
Si,
tras la tramitación procedente, el juez considera que no es abusiva, el
proceso continuará. Y si determina que la cláusula es abusiva acordará
que se sobresea la ejecución (cuando esa cláusula contractual es la que
la fundamenta) o bien que continúe pero sin aplicar la misma (cuando no
fundamenta la ejecución pero ha servido para fijar la cantidad
exigible). Hay que recordar, por ejemplo que, en todos los préstamos de
la trama de Arroyo, los intereses de demora eran nada menos que del 29
%.
Por
tanto, si estás afectado en estos momentos por una ejecución
hipotecaria en tu contra, puedes ahora suspender la misma y paralizar
así el desalojo de tu vivienda, pero no olvides que sólo será posible en ese plazo legal, hasta el 15 de junio.
Este
incidente, que hay que plantear dentro de plazo, es compatible con las
acciones penales que, en su caso, hayas podido instar por presunta
estafa.
En
cualquier caso, si estás sufriendo una ejecución hipotecaria en la
actualidad, consulta siempre con el abogado que te esté llevando tu
caso, incluso en el supuesto de que tengas paralizada la ejecución por
prejudicialidad penal.
Si
deseas que te estudien gratuitamente si existen en tu préstamo
hipotecario cláusulas que pudieran considerarse abusivas a la luz de la
normativa española y comunitaria, puedes enviar copia de la escritura a
la mayor brevedad posible a abogado@alberche.com o bien a asociacionadevif@gmail.com.