Juan Puche Fernández responsable de los blogs contra las estafas condecorado por la policía municipal de Madrid con la Medalla de oro de la cruz de emergencias CEM “Unidos por el valor”en 2017 por mi labor altruista de atención a los consumidores además de ayuda y protección a víctimas y mi estrecha colaboración con los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado
El blog Alerta Trama Estafadores A T E consigue:
Identificar y proteger la mayor cantidad de víctimas que se conoce. Destapar y contar la operativa de la mayoría de las tramas. Que los presuntos sean el punto de mira de nuestra justicia. Que se miren con lupa los desahucios y ejecuciones a sus víctimas. Destapar casi todos sus nombres y la de sus compinches. Recuperar una de las propiedades de una víctima. Cueste más estafar a futuras víctimas. Que bajen los negocios de los presuntos, Que condonen la deuda de una víctima. La recuperación de cantidades estafadas. Que me denuncien imputándome delitos que no cometo. Que los presuntos pretendan embargarme y llevarme a prisión. Que me difamen para que no salga adelante con mi trabajo. Que me amenacen de muerte y esté sentenciado a ser quemado vivo en mi casa con mi familia
La presunta trama de Antonio Arroyo Arroyo el mayor estafador hipotecario de España "un escándalo". Vas a comprobar en estos blogs como alrededor de Arroyo & Rebeca se pierden sumarios en los juzgados, se podrían tener acumuladas de momento unas 3.800 viviendas en total, gente que se ha quitado la vida, intentos de suicidio, ruinas familiares y víctimas viviendo en la calle. Presente en la operación púnica que pudo mover dinero de la corrupción política. Según la policía española es el mayor estafador hipotecario que se conoce en España. Te vas a quedar alucinado con lo que te voy a contar desde aquí. La única misión de éste blog y el resto de blogs contra la estafa es captar víctimas, ayudarlas, protegerlas y alertar a futuras víctimas.

Trama AAA

Trama AAA
Esta organización criminal "según la policía" la componen los siguientes personajes: 1 Antonio Arroyo Arroyo, 2 Rebeca Pacheco Moreno, 3 Anaís Arroyo Albinet, 4 Iris Arroyo Albinet, 5 notario Ricardo Ferrer, 6 Isabel Grueso Hidalgo, la secretaria. 7 notario Usera Cano, 8 el abogado Ezcurdia y los intermediarios 9 José Maria Martín Soblechero, 10 Mari Carmen Camblor Esteban y 11 Pablo Pérez Martín. La frase cumbre y filosofía de vida de Antonio Arroyo: en España nacen muchos niños y muchos de esos niños serán idiotas de mayores. Para eso estoy yo en éste mundo para quitarle el dinero y las casas a los idiotas. Un idiota no puede tener ni casa ni dinero

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Más participantes de la organización criminal 12 David Manuel Hidalgo Ferreíra (Testaferro revienta cerraduras), 13 Inmaculada Ferreira Delgado (la madre), 14 Fco. Hidalgo Manzano (el padre), 15 Cristina Romo Lancharro y 16 Paquito Lucas. Son los testaferros en la sombra CULEBRIN CREST. 17 Julia Sanz López la notario de Usera y Sanz, 18 Luís Flecha López el abogado negociador de Arroyo y ejecutor de letras cambiarias. 19 María Antonia Muñoz Jiménez (intermediaria). 20 Marisa Duro Orejón actúa como intermediaria

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Claves

Claves

lunes, 7 de noviembre de 2022

Para saber cuando una causa podría ser juzgada por la Audiencia Nacional

Para saber cuando una causa podría ser juzgada por la Audiencia Nacional

La consulta de una víctima


La respuesta de Armando Rodríguez socio fundador de Gabeiro abogados


Respuesta de José Beceiro socio fundador de Gabeiro abogados

Artículo 65

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional conocerá:

1.º Del enjuiciamiento, salvo que corresponda en primera instancia a los Juzgados Centrales de lo Penal, de las causas por los siguientes delitos:

Inciso inicial del número 1º del artículo 65 redactado por L.O. 7/1988, 28 diciembre («B.O.E.» 30 diciembre), de los Juzgados de lo Penal y por la que se modifican diversos preceptos de las Leyes Orgánica del Poder Judicial y de Enjuiciamiento Criminal.

a) Delitos contra el titular de la Corona, su Consorte, su Sucesor, Altos Organismos de la Nación y forma de Gobierno.

b) Falsificación de moneda y fabricación de tarjetas de crédito y débito falsas y cheques de viajero falsos, siempre que sean cometidos por organizaciones o grupos criminales.

Letra b) del apartado 1.º del artículo 65 redactada por la disposición final tercera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010

c) Defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que produzcan o puedan producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia.

d) Tráfico de drogas o estupefacientes, fraudes alimentarios y de sustancias farmacéuticas o medicinales, siempre que sean cometidos por bandas o grupos organizados y produzcan efectos en lugares pertenecientes a distintas Audiencias.

e) Delitos cometidos fuera del territorio nacional, cuando conforme a las leyes o a los tratados corresponda su enjuiciamiento a los Tribunales españoles.

f) Delitos atribuidos a la Fiscalía Europea en los artículos 22 y 25 del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, cuando aquella hubiera decidido ejercer su competencia.

Letra f) del apartado 1.º del artículo 65 introducida por el apartado cuatro de la disposición final segunda de la L.O. 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea («B.O.E.» 2 julio).Vigencia: 3 julio 2021

En todo caso, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional extenderá su competencia al conocimiento de los delitos conexos con todos los anteriormente reseñados.

2.º De los procedimientos penales iniciados en el extranjero, de la ejecución de las sentencias dictadas por Tribunales extranjeros o del cumplimiento de pena de prisión impuesta por Tribunales extranjeros, cuando en virtud de un tratado internacional corresponda a España la continuación de un procedimiento penal iniciado en el extranjero, la ejecución de una sentencia penal extranjera o el cumplimiento de una pena o medida de seguridad privativa de libertad, salvo en aquellos casos en que esta Ley atribuya alguna de estas competencias a otro órgano jurisdiccional penal.

Apartado 2.º del artículo 65 redactado por el apartado uno del artículo único de la L.O. 2/2008, de 4 de diciembre, de modificación de la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, complementaria de la Ley para la ejecución en la Unión Europea de Resoluciones que impongan sanciones pecuniarias («B.O.E.» 5 diciembre).Vigencia: 25 diciembre 2008

3.º De las cuestiones de cesión de jurisdicción en materia penal derivadas del cumplimiento de tratados internacionales en los que España sea parte.

4.º De los recursos respecto a los instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea que les atribuya la ley, y la resolución de los procedimientos judiciales de extradición pasiva, sea cual fuere el lugar de residencia o en que hubiese tenido lugar la detención del afectado por el procedimiento.

Apartado 4.º del artículo 65 redactado por el número uno del artículo único de la L.O. 6/2014, de 29 de octubre, complementaria de la Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, por la que se modifica la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial («B.O.E.» 30 octubre).Vigencia: 19 noviembre 2014

5.º De los recursos establecidos en la ley contra las sentencias y otras resoluciones de los Juzgados Centrales de lo Penal, de los Juzgados Centrales de Instrucción, incluidas sus funciones como Juzgados de garantías en los delitos de los que conozca la Fiscalía Europea, y del Juzgado Central de Menores.

Apartado 5.º del artículo 65 redactado por el apartado cuatro de la disposición final segunda de la L.O. 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea («B.O.E.» 2 julio).Vigencia: 3 julio 2021

6.º De los recursos contra las resoluciones dictadas por los Juzgados Centrales de Vigilancia Penitenciaria de conformidad con lo previsto en la disposición adicional quinta.

Apartado 6.º del artículo 65 introducido en su actual redacción por el apartado uno del artículo primero de la L.O. 5/2003, de 27 de mayo, por la que se modifica la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; la L.O. 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, y la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial («B.O.E.» 28 mayo).Vigencia: 29 mayo 2003

7.º De los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes.

Apartado 7.º del artículo 65 introducido en su actual redacción por el apartado dos de la disposición final primera de la L.O. 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica («B.O.E.» 6 octubre).Vigencia: 6 diciembre 2015

8.º De cualquier otro asunto que le atribuyan las leyes

Formulario de contacto

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10 Marzo 2016 Telecinco

20 minutos 15 Febrero 2016

Telemadrid 15 Febrero 2106

Telecinco 15 Febrero 2016 21:00 horas

Telecinco 15 Febrero 2016 15:00 horas

El Barómetro de Radio Intereconomía

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Minuto 1:10:10

La estafa de las falsas hipotecas

El préstamo maldito

Pequeñas deudas grandes daños

Canal Sur Televisión


Fíjate la llamada de Rebeca la hortera riéndose de una víctima. Lógicamente son impunes totalmente. Nadie para a estos importantes hombres de negocio del préstamo fraudulento.

Puede ser la jefa en la sombra de la trama de estafas de Arroyo y ser un peligro andante

Y querían quitar una casa por tan solo 500 euros, increíble


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Reflexiones de nuestros jueces y fiscales -

A nuestras Fuerzas de seguridad del Estado

Lee ésta sentencia de un juez imparcial - Reclamamos una investigación a fondo - Lee el origen del causante de tanto drama y tantos delitos - Pon Púnica en nuestro buscador y alucina o entra aquí - Algunas pesquisas

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Recordatorio del historial policial del capo jefe de ésta banda

  1. 25 Junio 2008 detención por blanqueo de capitales
  2. 19 Abril 2012 Comisaría de Aravaca Moncloa detención por presunta estafa
  3. 5 Septiembre 2012 Detención de la UDYCO el grupo 9
  4. 5 Octubre del 2012 Otra detención de la UDYCO
  5. 11 Febrero de 2013 Condenado por amenazas de muerte a una letrada
  6. Enero 2016 detención operación SEVEN grupo 7 de la UDYCO

Buscamos a prestamistas estafados

Llevaban dinero para Arroyo a las notarías y se quedaban esperando en las salitas.

Buscamos a las administrativas

trabajaron en las notarías y conocen bien como se hacían los chanchullos de dinero

Buscamos a los bomberos estafados

de Leganés y Alcorcón que perdieron unos 20 mil euros y más en manos de Arroyo, como siempre en la notaría.

A nuestro anónimo:

El fax sobre "el Abogado" no me llegó correctamente,

Por favor vuelve a enviármelo en cuanto puedas para contrastar la información, como te dije "arderá Troya"

Buscamos a Juan

Que sin saber leer ni escribir le arruinaron la vida el capo Arroyo en una de sus notarías corruptas.

Se encuentra solo y sin casa. Es de Don Benito.

Ayúdanos a dar con Juan

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Buscamos a la Yonki

Si sabes algo de ésta pobre chica llámanos. Es un testigo clave para destapar a éste miserable y toda su trama, es hija de un importante profesional de los juzgados de Madrid que le hacía favores a Arroyo.

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Buscamos víctimas que:

Vivan de alquiler en su propia casa y tengan parte de la nómina embargada por la trama.

Informanos enviando

un sms, un whatsapp, una llamada telefónica o un correo electrónico y si quieres te llamamos nosotros.

Investigaciones en curso

Si has sido víctima del abogado Aitor Ibarra y de la presidenta María Jesús Rivero de la pseudoasociación CAFINES o de Rafael Pozo de ADEVIF contacta con nosotros o denuncia en el enlace que te pongo aquí

¡Anonimato garantizado!

Tu colaboración es muy importante para luchar contra todos estos sinverguenzas

La voz de la estafa

Recuerda

" El capital privado no es delito

La usura fue despenalizada por el PSOE y la estafa si es delito "

Rendueles es el típico trilero estafador. Tiene su propia trama

La canción del estafador

¿ POR QUÉ EL ESTAFADOR UTILIZA DOCUMENTOS DE PRÉSTAMO DE ESTE BANCO ?

¿ POR QUÉ EL ESTAFADOR UTILIZA DOCUMENTOS DE PRÉSTAMO DE ESTE BANCO ?
INVESTIGACIÓN YA !!!